El
pasado jueves 23 se aprobaron en el Congresos de los Diputados los proyectos de
ley correspondientes a la Modificación del Concierto Económico y a la
metodología de señalamiento del cupo del País Vasco para el quinquenio 2017–2021.
Dos leyes que han generado numerosos debates en los que se ha puesto de
manifiesto, una vez más, incompresibles desconocimientos por parte de personas
que por su profesión de político, periodista o experto en temas hacendísticos, debieran
conocer la materia sobre la que están decidiendo, informando o estableciendo
criterio de cara a la ciudadanía. Y en este ámbito las incorrecciones han
afectado no sólo a quienes desde el Estado se han posicionado en contra de ambas
leyes, sino también a políticos, periodistas y expertos que desde Euzkadi,
deberían estar más obligados, si cabe, a conocer las bases fundamentales de estos
pilares de nuestro autogobierno.
En
esta ocasión, además, la discusión ha afectado al procedimiento mismo de
tramitación de ambas leyes, dando como consecuencia peligrosos posicionamientos
en relación al cuestionamiento del pacto bilateral entre la Comunidad Autónoma
Vasca que el Concierto Económico representa.
Desde
mi condición de ciudadano vasco comprometido con la defensa y profundización de
nuestro autogobierno, en las próximas líneas voy a tratar exponer algunos de
los desconocimientos demostrados estos días, que sin duda se repetirán cuando
le llegue el turno a su tramitación en el Senado. Lo haré centrándome en lo
referente al Cupo ya que, si bien el resultado de las votaciones en la
tramitación de ambas leyes ha sido prácticamente el mismo, ha sido el concepto
de Cupo el que más debate y posiciones de desconocimiento ha generado.
El primer desconocimiento viene de afirmaciones como “no estamos en contra del Concierto Económico, sino de Cupo” como si ambas figuras pudieran separarse y una no tuviera nada que ver con la otra. Pues bien, el Cupo no es que no sea algo separable del Concierto Económico, sino que el propio concepto de cupo viene definido en el artículo 49 de la Ley 12/2002 del Concierto Económico en los siguientes términos: "La aportación del País Vasco al Estado consistirá en un cupo global, integrado por los correspondientes a cada uno de sus Territorios Históricos, como contribución a todas las cargas del Estado que no asuma la Comunidad Autónoma del País Vasco." Términos recogidos textualmente, como no podría ser de otra manera, de los principios y bases del régimen de Concierto recogidos en el Estatuto de Autonomía del País Vasco (Artículo 41.2 d).
A
partir de aquí toda una serie de desconocimientos o definiciones interesadas
sobre lo que se paga o se deja de pagar con él. El Cupo no es “el pago al Estado por lo que este se gasta
en beneficio de los residentes de la CAPV” como reiteradamente sostiene
algún catedrático de Hacienda Pública, la última vez el pasado jueves en Euskal
Telebista, ni “la cantidad que las que
las instituciones vascas pagan al Estado por las competencias que ejerce en
Euskadi” como transcribió en las redes sociales un periodista radio-televisivo
vasco. Con el Cupo se paga la parte acordada (6,24%) del gasto del Estado en
las competencias que la Comunidad Autónoma Vasca no ha asumido, bien porque no
están en su Estatuto de Autonomía o porque, no habiéndose cumplido éste a día
de hoy, estén todavía sin trasferir. Las ejerza en beneficio o en perjuicio de
los vascos y da lo mismo que su gasto se materialice en Bilbao, Barcelona,
Sevilla o Madrid. En Bruselas, Rabat o Pekín. Se paga el 6,24% de los importes que por ellas aparezca
consignado en los Presupuestos Generales del Estado. Aún en el caso de que la
recaudación fuese mal. Pequeño detalle éste que a menudo es olvidado por
quienes una y otra vez piden la paga a papá Estado tras haberse gastado
importantísimas cantidades de dinero en la construcción de aeropuertos que no reciben
aviones o ciudades de las artes y las ciencias que no han sido capaces de
aguantar ni la lluvia ni el sol.
Los
partidarios del “no” en las votaciones en el Congreso esgrimieron además
argumentos de corte demagógico como que el Concierto Económico alimenta el
agravio comparativo con las comunidades de régimen común, proponiendo
su eliminación (Ciudadanos), o que es "inconcebible
que un niño valenciano tenga menos derechos que un niño vasco" (Compromis).
Estas acusaciones de insolidaridad eran alentadas por el informe que sobre la nueva ley
del Cupo realizó otro experto del que diversos medios se hicieron eco, e
incluso fue citado en el hemiciclo, en el que se afirma que las competencias
estatales no transferidas al País Vasco están infravaloradas “entre las que juega un papel importante la
nivelación interterritorial”. Pues bien quienes esto afirman vuelven a
desconocer el Concierto Económico y el Cupo. Y la Constitución.
Cuando
el sistema del Concierto Económico determina el pago de un Cupo al Estado por
las competencias no asumidas es porque, con la gestión de los impuestos
concertados se va a hacer cargo de la prestación de las competencias que sí ha
asumido. Pero, aunque sea una obviedad, parece que hay que aclarar que su
responsabilidad sobre la gestión de estas competencias se circunscribe única y
exclusivamente al territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Es al Estado
al que le compete el ejercicio de esas competencias en su territorio y, en
consecuencia, dotarse de los recursos suficientes para garantizar los niveles
de servicio que él estime oportuno. Da igual que las ejerza de forma directa o
se las transfiera a las Comunidades Autónomas. En ningún caso el País Vasco es
responsable del gasto por niño en educación o sanidad en Valencia, Galicia o
Extremadura, comunidad esta última donde, dicho sea de paso, sus dirigentes
alardeaban de camas individuales en hospitales públicos y ordenadores en las
escuelas (y además pretendían que se pusiera un aeropuerto en Cáceres) cuando
ni una ni otra cosa existían en Cataluña, ni en Euzkadi. Es un problema de
insuficiencia o mal reparto de los fondos asignados en la Ley de Financiación
Autonómica, no del Concierto ni del Cupo. Una responsabilidad del Estado. No de
la Comunidad Autónoma Vasca.
El
desconocimiento de la Constitución
deviene de que esta Ley, tan socorrida últimamente en los debates en el Congreso,
determina en su artículo 158.2 que “Con
el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer
efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación
con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las
Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso.”
Pues bien, ese Fondo de Compensación que
hace efectivo el principio de solidaridad y que trata de nivelar los
desequilibrios interterritoriales es una de las competencias no asumidas
recogidas expresamente en el Concierto Económico. Además, el porcentaje por el
que se contribuye a financiar dicho Fondo, y el resto de cargas no asumidas, el
por todos conocido 6,24%, es superior tanto a los porcentajes que la población
(4,8%) o el PIB (6,1%) de la Comunidad Autónoma Vasca representan en relación
al Estado. Se está teniendo en cuenta la capacidad económica del
País Vasco como la de cualquier persona física o jurídica a la hora de calcular
su tributación directa. En consecuencia, no cabe decir que el Cupo sea
insolidario.
También
ha resultado controvertida la tramitación. Como si fuese la primera vez que se
tramita una ley que tiene que ver con el Concierto Económico o con el Cupo. Se
ha puesto de manifiesto el desconocimiento de que desde 1981, sin contar las
que ahora están en tramitación se han aprobado 10 leyes relacionadas con el
Concierto Económico y 6 con el Cupo. Todas por el mismo procedimiento de
lectura única, como los tratados internacionales. Porque, además, todas las
leyes de Concierto Económico o Cupo son de artículo único mediante el que se
aprueba o rechaza pacto entre las partes recogido en un texto anexo firmado por
unanimidad por quienes han participado en la negociación reunidos en la
Comisión Mixta del Concierto Económico, con composición paritaria entre Estado
y Comunidad Autónoma y, dentro de ésta, entre Gobierno Vasco y Diputaciones
Forales. Pretender entrar a analizar
cada detalle del Concierto o del Cupo en sede parlamentaria, es romper la
esencia de ese contrato, de ese pacto. No me imagino a la Junta de Accionistas
de cualquier empresa discutiendo las cláusulas del contrato con un cliente al que
su Consejo de Administración ha dado el visto bueno. Entrar en esa dinámica,
como ha hecho EH Bildu, supone apoyar los peligrosos posicionamientos, de
quienes pretenden situar a estas dos instituciones básicas de nuestro
autogobierno al nivel de cualquier otra ley, o suprimirlas. Y no vale que EH
Bildu justifique su abstención en que no están de acuerdo con la liquidación de
los cupos anteriores a 2017 que estaban en controversia entre las partes.
Porque esas liquidaciones no eran objeto de votación ya que las mismas, como
cualquiera de las que se hagan de aquí en adelante se liquidan por acuerdo de
la Comisión Mixta del Concierto Económico, órgano competente para ello. Otro
incomprensible desconocimiento.
Respecto
a las cuantías opino que, para evitar todo tipo de controversias, tanto el
archiconocido 6,24%, como el resto de los índices que intervienen en la
determinación del Cupo reflejando la posición relativa de la Comunidad Autónoma
Vasca en relación al Estado, deberían estar ligados a índices oficiales. Ello eliminaría
discusiones estériles sobre porqué sube o baja, o si hay que pagar más o menos
y posibilitaría que, como ocurre con el Concierto Económico, la vigencia de la
Metodología por la que se apruebe el Cupo fuese también indefinida.
El
último gran desconocimiento lo representan quienes levantan la voz porque el
Cupo haya disminuido en relación al anterior. Como si no pudiera disminuirse la
aportación al Estado. Quienes se echan las manos a la cabeza por la disminución
de la cuantía del Cupo debieran conocer que cuando el Estado decida aportar más
fondos a la Financiación Autonómica con el fin de aumentar las dotaciones para
la educación, la sanidad o cualquier otra competencia de las que ya tiene
asumidas el País Vasco, como están reclamando muchas Comunidades Autónomas, en
la medida de que dichos fondos no provengan de una mejora en la lucha contra el
fraude o de un aumento en la presión fiscal, habrá que entender que el Estado
las habrá restado de dotaciones para competencias no asumidas y disminuirá en
Cupo. También debieran saber que la transferencia de las 37
competencias recogidas en el Estatuto de Autonomía de Gernika que aún están pendientes
de traspaso disminuirá el Cupo actual. Y no es que desconozcan, sino que
olvidan o no quieren entender, que el País Vasco tiene voluntad de seguir
aumentando su autogobierno, de modo que el Estado cada vez preste menos servicios "a petición o en beneficio" de Euzkadi. O ninguno.
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Gracias por esta explicación tan clara.
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